Cómo se puede cumplir con la virtud de la justicia. Qué significa dar a cada cual lo que le corresponde.
Adolfo Miranda Sáenz
La justicia la define Santo Tomás
como “el hábito según el cual uno, con constante y perpetua voluntad, da a cada
cual su derecho” (es decir, lo que le corresponde, lo suyo). Se diferencia del
resto de las virtudes cardinales porque se orienta no hacia uno mismo, sino
hacia los demás, en la medida en que consiste en obrar con rectitud en relación
a los otros. La persona justa se comporta correctamente con los demás, que es
distinto de “comportarse bien” con uno mismo.
Lo que corresponde a otro no debe
identificarse sólo con dinero o algo material, pues puede ser un reconocimiento
(a una obra hecha, a una dignidad), una ayuda (ante una petición, como muestra
de piedad), algo material (un regalo, un sueldo estipulado por un contrato),
algo espiritual (una muestra de amor, de apoyo, una oración), etc.
La correspondencia o “ajuste” —de
donde viene “justicia”— entre el acto de una persona y lo que debe recibir por
ello, como se observa por ejemplo en el salario, que debe equivaler al servicio
prestado, implica una “igualdad”. La balanza con la que se representa a la
justicia es una manera de expresar esta igualdad. Según sea el acto realizado
por otro, así será lo justo, que no es fijo sino que depende de lo recibido o
de lo previamente dado. La Biblia dice que “Dios se manifestará para dictar su
justa sentencia dando a cada uno lo que merezcan sus obras” (Romanos 2, 5-6).
Por eso sería una falsa justicia
dar a todos lo mismo, pues cada uno deberá recibir según lo que ha realizado.
Una madre que da jugo natural de naranja a un hijo enfermo pero no se lo da al
que está sano, porque no lo necesita, está realizando un acto de justicia;
mientras que, por el contrario, sería injusto que repartiera entre todos sus
hijos, por igual, una medicina contra la gripe bajo el pretexto de que si no lo
hace, los hijos sanos podrían sentirse tratados injustamente.
Esta igualdad viene señalada por
la naturaleza misma de las cosas, “como cuando alguien da tanto para recibir
otro tanto”. Esto es obvio y de sentido común —baste recordar el origen del
fenómeno del trueque—. Una vez reconocido este criterio de igualdad o
equivalencia, que emana de las cosas mismas, para entender la justicia, se
puede establecer como parte del derecho natural, que es la base del llamado
derecho positivo, que son las leyes humanas de las que depende la justicia
legal, por ejemplo. De esto se deduce que el derecho positivo o convencional
que no se ajuste al natural, no sería propiamente justicia.
La justicia, como toda virtud,
también se orienta al bien, pero no al individual sino al de la sociedad, que es
el bien común. Y esto permite reconocer en ella una cierta prioridad sobre el
resto de virtudes humanas, debido a que el bien común goza de cierta
preeminencia sobre el individual dentro de la sociedad humana, sea la familia,
los grupos sociales, las naciones o la comunidad mundial.
Dios es justo, ciertamente; pero también
misericordioso. Dios claramente nos pide actuar con justicia, pero sin
olvidarnos del amor, la misericordia y
el perdón: “Porque, si perdonan a otros sus ofensas, también los perdonará a
ustedes su Padre celestial” (Mateo 6,14). “El juicio será sin misericordia para
el que no ha mostrado misericordia” (Santiago 2,13).
Publicado en el Diario La Prensa y transmitido en Radio Corporación (Managua)